sábado, 18 de junio de 2011

MODIFICADA RETENCION EN LA FUENTE A TRABAJADORES INDEPENDIENTES

Por fín gracias a Dios, fué modificada la ley 1429 de 2010, con la ley 1450 de Junio 16 de 2011, la cual beneficia a muchos colombianos que tienen contratos por un valor inferior a 300 UVT mensuales, en estos casos se aplicaría la tabla de retención sobre salarios que para muchos es cero, ya era hora de que se beneficiará a muchos profesionales que tienen contratos y que les afectaba sus ingresos a la hora de percibir sus honorarios.
La retención en la fuente aplicable a trabajadores independientes desde la entrada en vigencia de la ley 1429 de 2010, ha sido modificada por la ley 1450 de junio 16 de 2011, misma ley que desarrolla el plan nacional de desarrollo 2010-2014.
El artículo 173 de la referida ley hace más flexibles las condiciones para que a los trabajadores independientes se les pueda aplicar la misma tabla de retención en la fuente aplicable a los asalariados, esto es la contendía en el artículo 383 del estatuto tributario.
Ha dicho la norma:
APLICACIÓN DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES. A los trabajadores independientes que tengan contratos de prestación de servicios al año, que no exceda a trescientos (300) UVTs mensuales, se les aplicará la misma tasa de retención de los asalariados estipulada en la tabla de retención en la fuente contenida en el Artículo 383 del E.T. , modificado por la Ley 1111 de 2006.
Resalta aquí que ha sido eliminada la condición de que el trabajador independiente sólo tenga  un para acogerse a este beneficio, de modo que en adelante este beneficio aplica también para quienes tengan más de un contrato de servicios siempre que la sumatoria de todos los contratos no supere los 300 Uvt mensuales.
Llama la atención también que esta nueva norma habla claramente de 300 Uvt mensuales, ya que al la ley 1429 no hacía tal precisión, lo que permitió a muchos interpretar que el beneficio aplicaba  a contratos de valor anual de 300 Uvt. Ahora eso queda claro.
Por último, un detalle más a tener en cuenta es que la ley 1450  se refiera a trabajadores independientes y no a personas independientes como lo hiciera la ley 1429, situación que no tiene mayor efecto en la práctica.
En resumen si un trabajador independiente tiene uno, dos o más contratos de servicios y la sumatoria de todos ellos no superan los 300 Uvt mensuales, se aplica la retención en la fuente según la tabla aplicable a los asalariados, que por supuesto resulta más beneficioso  para el trabajador.

1 comentarios:

Lina María Téllez Marmolejo dijo...

Hola
Muy completa tu nota.
Podrías contarme por favor en qué casos esa retención es igual al 0%?

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